El Ministerio del Poder Popular para el Turismo (Mintur) dictó las normas para la adquisición de un Plan de Cobertura de servicios médicos para viajeros y de pérdida, hurto o robo de equipaje, según indica la resolución N° 008, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.349, que circula este jueves.
“Los prestadores de servicios turísticos de transporte terrestre, acuático y aéreo internacional, tienen la obligación de solicitarle y ofrecerles a las y los turistas los planes”, expresa la norma.
La resolución especifica que los prestadores de servicios turísticos de transporte terrestre, acuático y aéreo internacional deben notificar a cada turista al momento de la venta del boleto o pasaje, sobre el carácter obligatorio de la adquisición del plan mencionado.
La decisión ministerial establece que los turistas que ingresen al territorio nacional a través de vehículos a motor particulares, adicionalmente al plan, podrán tramitar de manera voluntaria, la contratación de una póliza de transporte terrestre para cubrir accidentes y robos de vehículos durante el viaje.
La norma señala que los proveedores de este Plan de Cobertura de servicios médicos para viajeros y de pérdida, hurto o robo de equipaje, que se trasladen fuera del territorio nacional, deberán ser previamente autorizados por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo.
“Las agencias de viajes y turismo quedan excluidas como intermediarias para la adquisición del Plan de Cobertura de servicios médicos para viajeros y de pérdida, hurto o robo de equipaje”, detalla la norma.
Correo del Orinoco