Mintur dictó normas para la adquisición de Plan de Cobertura de servicios médicos para viajeros

El Ministerio del Poder Popular para el Turismo (Mintur) dictó las normas para la adquisición de un Plan de Cobertura de servicios médicos para viajeros y de pérdida, hurto o robo de equipaje, según indica la resolución N° 008, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.349, que circula este jueves.

“Los prestadores de servicios turísticos de transporte terrestre, acuático y aéreo internacional, tienen la obligación de solicitarle y ofrecerles a las y los turistas los planes”, expresa la norma.

La resolución especifica que los prestadores de servicios turísticos de transporte terrestre, acuático y aéreo internacional deben notificar a cada turista al momento de la venta del boleto o pasaje, sobre el carácter obligatorio de la adquisición del plan mencionado.

La decisión ministerial establece que los turistas que ingresen al territorio nacional a través de vehículos a motor particulares, adicionalmente al plan, podrán tramitar de manera voluntaria, la contratación de una póliza de transporte terrestre para cubrir accidentes y robos de vehículos durante el viaje.

La norma señala que los proveedores de este Plan de Cobertura de servicios médicos para viajeros y de pérdida, hurto o robo de equipaje, que se trasladen fuera del territorio nacional, deberán ser previamente autorizados por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo.

“Las agencias de viajes y turismo quedan excluidas como intermediarias para la adquisición del Plan de Cobertura de servicios médicos para viajeros y de pérdida, hurto o robo de equipaje”, detalla la norma.

Correo del Orinoco

Send this to a friend