Actas y certificaciones del Registro Civil preservan su validez legal

El Consejo Nacional Electoral (CNE), informó esta semana que las copias y certificaciones de las actas debidamente asentadas en los libros de Registro Civil, no tienen fecha de vencimiento, por lo que ninguna institución pública o privada puede alegar la caducidad de tales documentos para rechazarlos.

A través de un comunicado emitido esta semana, la Comisión del Registro Civil del órgano comicial, indicó que la única condición que debe primar al momento de evaluar los escritos es que sean legibles y no tengan enmiendas o tachaduras.

Por tanto, agrega el texto, los órganos y entes de la administración pública y privada deben abstenerse de requerir las mencionadas certificaciones con una determinada fecha de expedición.

Prensa Digital MippCI /AVN

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