Este jueves la AN debate Ley Habilitante presentada por Presidente Maduro

Tras nombrar el pasado 15 de octubre la Comisión especial para la revisión de la Ley Habilitante y la distribución del proyecto de normativa entre los asambleístas, este jueves la Asamblea Nacional realizará la primera discusión en la que se expondrán los motivos, objetivos, alcance y viabilidad del proyecto de ley presentado por el presidente Nicolás Maduro para profundizar la lucha contra la corrupción e impulsar una economía diversificada y productiva en el país.

De acuerdo al artículo 203 de la Constitución Nacional «son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República, con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar el plazo de su ejercicio».

«En la primera discusión se considerará la exposición de motivos y se evaluarán sus objetivos, alcance y viabilidad, a fin de determinar la pertinencia de la ley, y se discutirá el articulado», reza el artículo 208 de la Constitución Nacional.

Si es aprobada en primera discusión, posteriormente la Ley Habilitante se remite a la Comisión designada para su análisis y presentación del informe sobre cualquier recomendación u objeción.

Una vez recibido el informe de la Comisión parlamentaria, la directiva de la Asamblea Nacional ordenará su distribución entre los asambleístas y fijará—dentro de los diez días hábiles siguientes—la segunda discusión del proyecto, salvo que por razones de urgencia decida un lapso menor.

De acuerdo con el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional (RIDAN), la segunda discusión del proyecto de ley se realizará artículo por artículo, y se basará sobre el informe presentado por la Comisión especial. En este debate la propuesta de Ley Habilitante puede ser aprobada, rechazada o diferida.

Una vez aprobada por los asambleístas (se requieren 99 votos) la normativa será remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en Gaceta Oficial.

La comisión especial estará integrada por los siguientes diputados: Diosdado Cabello, Darío Vivas, Blanca Eekhout, Elvis Amoroso, Yul Jabour, Pedro Carreño, Ricardo Sanguino, Fernando Soto Rojas, William Fariñas, Oswaldo Vera, Andrés Eloy Méndez, Manuel Briceño, José Luis González, Julio Chávez, Guido Rafel Ochoa, Gladys Requena, María León y Elio Serrano.

El artículo 208 de la Constitución Nacional señala que «en caso de que el proyecto de ley esté relacionado con varias comisiones permanentes, se designará una comisión mixta para realizar el estudio y presentar el informe».

El pasado martes 8 de octubre en cumplimiento del artículo 204 de la Carta Magna—que establece que el Poder Ejecutivo puede proponer normativas al parlamento—, el presidente Maduro solicitó la Ley Habilitante que lo faculta para dictar decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley sobre las materias que estime pertinentes.

«He venido hoy aquí a pedir poderes habilitantes para profundizar, acelerar y dar la batalla a fondo por una nueva ética política, una nueva vida republicana y por una buena sociedad», dijo el Jefe de Estado en la plenaria, a la que también asistió el pueblo venezolano.

Desde 1999 hasta el 2012, el comandante Hugo Chávez solicitó—mediante Ley Habilitante—poderes especiales al Parlamento para la creación de leyes en diversos temas relacionados con la inversión social y el fortalecimiento de la soberanía nacional.

AVN

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