Regulan actividades arqueológicas y paleontológicas en el país

El pasado 15 de octubre fue publicada en Gaceta Oficial nº 40.028, la providencia administrativa que establece las normas y procedimientos que regulan la prospección, recolección e investigación de las actividades arqueológicas y paleontológicas.

Esta providencia administrativa tiene por finalidad conservar, proteger y salvaguardar el Patrimonio Cultural de la República, como parte integrante del patrimonio público, así como los requisitos o condiciones que deben reunir las personas o instituciones que puedan ejecutar tales actividades.

En este sentido, el Instituto del Patrimonio Cultural, como autoridad nacional en materia de identificación, preservación, rehabilitación, defensa, salvaguarda y consolidación del patrimonio arqueológico, prehispánico, colonial, republicano y moderno, así como los bienes paleontológics que sean descubiertos en cualquier zona del suelo o subsuelo nacional, incluidas las zonas subacuáticas, es el órgano responsable de las normas y procedimientos establecidos en esta providencia.

La providencia administrativa establece algunas definiciones sobre la materia tales como: investigación arqueológica, prospección arqueológica o paleontológica; yacimientos arqueológicos, yacimientos paleontológicos; cartas arqueológicas y sondeos estatifráficos; intervenciones arqueológicas y paleontológicas; excavaciones arqueológicas; hallazgos casuales; bienes arqueológicos y paleontológicos; protección, consolidación, restauración y arqueología comunitaria.

IPC

 

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