TSJ prohíbe medios digitales la difusión de videos de linchamientos

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) le prohibió a los medios digitales “La Patilla” y “Caraota Digital“, la difusión de videos de linchamientos, a través de sus páginas de internet, así como en sus cuentas en redes sociales, debido a que generan zozobra e incertidumbre en la población.

Así lo dictaminó la Máxima Intérprete de la Carta Magna en su sentencia N° 429/2016, publicada este miércoles; además admitió la demanda para la protección de los derechos e intereses difusos interpuesta por el abogado Juan Ernesto Garantón Hernández contra los dos mencionados medios digitales.

La decisión indica que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra el derecho a la libertad de expresión y el derecho a una información oportuna y veraz, pero estos derechos no deben crear zozobra e incertidumbre en la población, ya que el ejercicio de la comunicación social debe contribuir con el desarrollo integral del individuo y de la sociedad.

De igual manera el Alto Juzgado, agrega que al realizar dichas publicaciones se socavan las bases de la convivencia social, se fomentan acciones contrarias al orden público y denigran la condición humana, lesionando implícitamente otros derechos constitucionales.

Asimismo el TSJ declara procedente la medida cautelar porque la transmisión reiterada de los videos de linchamientos podrían exaltar estos hechos contrarios a la esencia misma de la convivencia social a través de las instituciones del Estado, fomentando la anomia, el irrespeto a las leyes y a los derechos humanos en el sentido de concebir como lícita la justicia por propias manos por parte de la ciudadanía, sin prever la inocencia o no de la víctima y los derechos al debido proceso, la vida, y la integridad personal y en aras de promover el equilibrio democrático, la paz, la preeminencia de los derechos humanos y el imperio de la Ley.

Prensa TSJ

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