Unasur se ajusta a normas de países con criterios de acompañamiento y observación electoral

El Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) establece criterios de acompañamiento y de observación para ajustarse a los requerimientos de cada país.

Para las elecciones en Venezuela el próximo 7 de octubre, la organización estableció realizar labores de acompañamiento, ya que  es ésta la figura diseñada por el Poder Electoral venezolano.

Desde el año 2006, el Consejo Nacional Electoral (CNE) diseñó un plan de acompañamiento que se distancia de la observación, por ser este último un mecanismo que se activa en países en alto conflicto y con sistemas electorales cuestionados, distintos al venezolano que es 100% auditable.

Es por ello que recientemente el Centro Carter emitió un comunicado en el que declinaba participar en el proceso comicial venezolano, alegando que riñe con su protocolo diseñado para la observación.

La misión de la Unasur, cuya primera tarea será en las elecciones presidenciales venezolanas, tiene una serie de estatutos y criterios que se darán a conocer mañana miércoles cuando el canciller de Perú, Rafael Roncagliolo, en representación de la Presidencia pro témpore de la organización suramericana, suscriba un acuerdo de acompañamiento internacional con la presidenta del Poder Electoral, Tibisay Lucena.

En este sentido, la institución venezolana afina detalles de lo que será la firma del convenio que deberá establecer, entre otros aspectos, cuántos integrantes por cada país miembro de Unasur vendrán al país, el rol que cumplirán y qué le corresponde hacer a Venezuela.

Uno de lo estatutos indica que serán cuatro integrantes por nación miembro los que conformarán la misión del Consejo Electoral de Unasur en Venezuela. Cada país decidirá a quiénes enviará, teniendo en cuenta que deben ser expertos en el tema electoral. Ya se ha mencionado que podrían estar como invitados los representantes de las instituciones electorales de cada nación.

De igual modo, será mañana cuando se dé a conocer el criterio que rige a la misión y cuántos días van a estar en el país, qué actividades cumplirán, cómo va a ser su distribución en el territorio nacional, entre otros detalles.

El reglamento de la ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) establece en su artículo 484 que los acompañantes internacionales no podrán emitir opiniones sobre asuntos internos, difundir resultados electorales parciales de la elección, ni persuadir al electorado a través de pronunciamientos públicos.

Por otro lado, luego de su acreditación por parte del CNE, tendrán la posibilidad de transitar por el territorio nacional, comunicarse con candidatos, partidos o grupos de electores u organizaciones indígenas postulantes y presenciar, desde el punto de vista técnico, las operaciones electorales.

De acuerdo al cronograma electoral de la elección del 7 de octubre, el recibimiento de los acompañantes será entre el 23 de septiembre y el 4 de agosto, y su acreditación y despliegue será del 1 al 4 de octubre.

AVN

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